Proyecto de Declaracion Universal de los Derechos de la Madre Tierra
Preámbulo
Nosotros, los pueblos de la Tierra:
Considerando que todos somos parte de la
Madre Tierra, una comunidad indivisible vital de seres interdependientes
e interrelacionados con un destino común;
Reconociendo con
gratitud que la Madre Tierra es fuente de vida, alimento, enseñanza, y
provee todo lo que necesitamos para vivir bien;
Reconociendo que el sistema capitalista y
todas las formas de depredación, explotación, abuso y contaminación han
causado gran destrucción, degradación y alteración a la Madre Tierra,
colocando en riesgo la vida como hoy la conocemos, producto de fenómenos
como el cambio climático;
Convencidos de que en una comunidad de
vida interdependiente no es posible reconocer derechos solamente a los
seres humanos, sin provocar un desequilibrio en la Madre Tierra;
Afirmando que para garantizar los
derechos humanos es necesario reconocer y defender los derechos de la
Madre Tierra y de todos los seres que la componen, y que existen
culturas, prácticas y leyes que lo hacen;
Conscientes de la urgencia de tomar
acciones colectivas decisivas para transformar las estructuras y
sistemas que causan el cambio climático y otras amenazas a la Madre
Tierra;
Proclamamos esta Declaración Universal de
Derechos de la Madre Tierra, y hacemos un llamado a la Asamblea General
de las Naciones Unidas para adoptarla, como propósito común para todos
los pueblos y naciones del mundo, a fin de que tanto los individuos como
las instituciones, se responsabilicen por promover mediante la
enseñanza, la educación, y la concientización, el respeto a estos
derechos reconocidos en esta Declaración, y asegurar a través de medidas
y mecanismos prontos y progresivos de carácter nacional e
internacional, su reconocimiento y aplicación universal y efectivos,
entre todos los pueblos y los Estados del Mundo.
Artículo 1: La Madre Tierra
- La Madre Tierra es un ser vivo.
- La Madre Tierra es una comunidad única, indivisible y auto-regulada, de seres interrelacionados que sostiene, contiene y reproduce a todos los seres que la componen.
- Cada ser se define por sus relaciones como parte integrante de la Madre Tierra.
- Los derechos inherentes de la Madre Tierra son inalienables en tanto derivan de la misma fuente de existencia.
- La Madre Tierra y todos los seres que la componen son titulares de todos los derechos inherentes reconocidos en esta Declaración sin distinción de ningún tipo, como puede ser entre seres orgánicos e inorgánicos, especies, origen, uso para los seres humanos, o cualquier otro estatus.
- Así como los seres humanos tienen derechos humanos, todos los demás seres de la Madre Tierra también tienen derechos que son específicos a su condición y apropiados para su rol y función dentro de las comunidades en los cuales existen.
- Los derechos de cada ser están limitados por los derechos de otros seres, y cualquier conflicto entre sus derechos debe resolverse de manera que mantenga la integridad, equilibrio y salud de la Madre Tierra.
Artículo 2: Derechos Inherentes de la Madre Tierra
- La Madre Tierra y todos los seres que la componen tienen los siguientes derechos inherentes:
- Derecho a la vida y a existir;
- Derecho a ser respetada;
- Derecho a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas;
- Derecho a mantener su identidad e integridad como seres diferenciados, auto-regulados e interrelacionados;
- Derecho al agua como fuente de vida;
- Derecho al aire limpio;
- Derecho a la salud integral;
- Derecho a estar libre de contaminación, polución y desechos tóxicos o radioactivos;
- Derecho a no ser alterada genéticamente y modificada en su estructura amenazando su integridad o funcionamiento vital y saludable;
- Derecho a una restauración plena y pronta por las violaciones a los derechos reconocidos en esta Declaración causados por las actividades humanas.
- Cada ser tiene el derecho a un lugar y a desempeñar su papel en la Madre Tierra para su funcionamiento armónico.
- Todos los seres tienen el derecho al bienestar y a vivir libres de tortura o trato cruel por los seres humanos.
Artículo 3: Obligaciones de los seres humanos con la Madre Tierra
Todos los seres humanos son responsables de respetar y vivir en armonía con la Madre Tierra;
- Los seres humanos, todos los Estados, y todas las instituciones públicas y privadas deben:
- actuar acorde a los derechos y obligaciones reconocidos en esta Declaración;
- reconocer y promover la aplicación e implementación plena de los derechos y obligaciones establecidos en esta Declaración;
- promover y participar en el aprendizaje, análisis, interpretación y comunicación sobre cómo vivir en armonía con la Madre Tierra de acuerdo con esta Declaración;
- asegurar de que la búsqueda del bienestar humano contribuya al bienestar de la Madre Tierra, ahora y en el futuro;
- establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra;
- respetar, proteger, conservar, y donde sea necesario restaurar la integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra;
- garantizar que los daños causados por violaciones humanas de los derechos inherentes reconocidos en la presente Declaración se rectifiquen y que los responsables rindan cuentas para restaurar la integridad y salud de la Madre Tierra;
- empoderar a los seres humanos y a las instituciones para defender los derechos de la Madre Tierra y todos los seres que la componen;
- establecer medidas de precaución y restricción para prevenir que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o alteración de los ciclos ecológicos;
- garantizar la paz y eliminar las armas nucleares, químicas y biológicas;
- promover y apoyar prácticas de respeto a la Madre Tierra y todos los seres que la componen, acorde a sus propias culturas, tradiciones y costumbres;
- promover sistemas económicos en armonía con la Madre Tierra y acordes a los derechos reconocidos en esta Declaración.
Artículo 4: Definiciones
- El término “ser” incluye los ecosistemas, comunidades naturales, especies y todas las otras entidades naturales que existen como parte de la Madre Tierra.
Nada en esta Declaración podrá restringir
el reconocimiento de otros derechos inherentes de todos los seres o de
cualquier ser en particular.